Directiva europea sobre pollos de engorde
La DIRECTIVA 2007/43/CE DEL CONSEJO EUROPEO de 28 de junio de 2007 establece las disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne (pollos de engorde).
Según la Directiva, la concentración de amoníaco en los establos no debe superar las 20 ppm y la de dióxido de carbono no debe superar las 3000 ppm en los establos con una densidad superior a 33 kg/m2.
La legislación también considera otros parámetros. Por ejemplo, la temperatura interior no debe superar la temperatura exterior en más de 3°C cuando ésta es inferior a 30°C a la sombra; y la humedad relativa media no debe superar el 70% en 48 horas cuando la temperatura exterior es inferior a 10°C y la iluminación es igual a 20 lux.
Hay muchos parámetros ambientales que el agricultor debe mantener bajo control y conciliar con la productividad y los costos de funcionamiento (por ejemplo, calefacción, ventilación, extracción). Optimizarlos puede dar a los ganaderos una gran ventaja productiva.